DERECHOS DE ACCESO
¿Qué es el derecho de acceso a la información pública?
Es el derecho a acceder a la información pública en los términos previstos en la Constitución artículo 105.b), entendiéndose como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su soporte o formato, que obren en poder de la Administración y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
¿Quién puede acceder a la información pública?
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, sin obligación de motivar la solicitud ni dar razones de su interés.
¿Se puede pedir cualquier información?
El derecho de acceso a la información está sujeto a ciertos límites que tienen como objetivo proteger otros bienes jurídicos que pueden quedar desprotegidos si se da la información. Es decir, los límites existen para proteger información que no debe ser pública porque, si lo fuera, podría dañar a una persona o al interés público.
Estos límites están tasados en el artículo 25 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha que hace referencia a los previstos en los artículos 14 y 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Accesos a la Información Pública y Buen Gobierno
¿Cómo se aplican los límites?
El órgano al que se le solicita una información cuya publicación considera que puede perjudicar a alguno de los límites deberá valorar si, efectivamente, se produce un daño si se provee esa información.
¿Por qué existe protección de datos personales?
Si la información solicitada contuviera datos especialmente protegidos, el acceso únicamente se podrá autorizar en caso de que se contase con el consentimiento expreso y por escrito del afectado.
¿Es gratuito el acceso?
El derecho de acceso a la información solicitada es gratuito, tanto en el sitio donde se encuentre dicha información, como si solicita su entrega por medios electrónicos.
La expedición de copias o la transposición a un formato diferente al original podrán dar lugar a la exigencia de las tasas o precios públicos.
¿Qué es el acceso parcial?
En los casos en los que se solicite información en la que parte de la misma esté sometida a alguna causa de límite del derecho, se admitirá parcialmente la solicitud y se indicará al solicitante la información que ha sido omitida.
¿Qué puede hacer un ciudadano al que se le deniega información?
Si transcurrido el plazo de respuesta no recibe contestación, puede presentar directamente un recurso al órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa (en el plazo de dos meses) o bien una reclamación en el plazo de un mes ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, como órgano independiente de control en materia de transparencia previsto en el artículo 24 de la Ley 19/2013, en base al Convenio firmado entre esta Comunidad Autónoma y el citado órgano.
Este Convenio se mantendrá en vigor, mediante las correspondientes prórrogas (2017 y 2018), hasta que entre en funcionamiento el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha previsto en el Capítulo II del Título V de Garantías de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, como órgano independiente que garantizará el derecho de acceso a la información pública en Castilla-La Mancha.
En el siguiente enlace usted podrá presentar una Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Formulario Reclamaciones del CTBG
FORMULARIO